El Síndrome de Alienación Parental (SAP) es falso, no existe. Fue desestimado por asociaciones profesionales de medicina y psiquiatría y es cuestionado por todas las personas que trabajan temas de familia con perspectiva de género. En este artículo damos cuenta de muchas de esas opiniones, brindamos estadísticas para que se vea la falsedad de la acusación de “falsas denuncias”, valga la redundancia, y damos cuenta de tres casos paradigmáticos del tema en Argentina (dos en CABA y uno en el sur del país) en donde juezas y jueces misóginos están desarmando familias, cortando lazos y estigmatizando a las mujeres en defensa de varones maltratadores y que en algunos casos incurrieron en abuso sexual. Para que nos saquemos el velo frente al falso SAP.
Por Mariana Fernández Camacho
COMUNICAR IGUALDAD- Miente, miente que algo quedará… decía el funcionario nazi Joseph Goebbels para convencer de que la repetición sistemática puede transformar una vil mentira en el verosímil más creíble. Algo de esa estrategia ponen en juego quienes apoyan la teoría del supuesto Síndrome de Alienación Parental (más conocido como SAP), que tiene cómo única base científica un menjunje de estereotipos patriarcales. “Falsas denuncias“, “la maldad de la ex mujer”, “el carácter de víctima de los padres separados”, “la injusticia de la justicia contra los hombres”, “la madre que lava cerebros contra el padre” y tantos otros tópicos “pro SAP” fáciles de desparramar y de conseguir rápida adhesión.
“El SAP es ideología pura porque a pesar de su expreso rechazo por toda la comunidad científica internacional sigue siendo invocado y aplicado, y su éxito radica en que resultó ser una muy eficaz estrategia de defensa de hombres pedófilos y violentos con poder y un gran negocio económico para abogados y psicólogos sin pruritos éticos. Como dice la psiquiatra española Consuelo Barea, los padres denunciados son grandes acosadores legales, porque cuando la mujer denuncia penalmente el incesto o hechos graves de violencia de género estos hombres automáticamente inician el pedido de visitas, tenencia, custodias compartidas y comienzan la cadena de presentaciones judiciales e incidencias de todo tipo. Son expedientes de varios cuerpos en continua actividad procesal, y la estrategia básica es el ataque constante a la credibilidad de la madre denunciante y al relato del niño o niña”, explica a COMUNICAR IGUALDAD Graciela Jofre, jueza de paz en Villa Gesell que lleva casi diez años formándose en las particularidades del Abuso Sexual Infantil (ASI), el incesto y la violencia de género en el marco de procesos de familia.
Ni pies ni cabeza
La historia de Andrea Karina Vázquez no tiene gollete: con una medida cautelar, su ex marido denunciado por abuso, violencia física y maltrato consiguió que el ex Tribunal nro. 3 de Familia de Lomas de Zamora ordene un allanamiento para revertir la tenencia. Así, el 02 de octubre de 2012, cual grupo comando, once efectivos uniformados violentaron el domicilio de Vázquez y se llevaron a sus hijos de 3, 10 y 11 años en medio de llantos y gritos desgarradores. Los jueces María Silvia Villaverde, Enrique Quiroga y Roxana del Río —hoy en proceso de jury por mal desempeño— decidieron además una prohibición de acercamiento de 500 metros a la madre, familiares, amigos, allegados y conocidos. Los tres varones fueron cambiados de colegio, tienen domicilios errantes y se los traslada dentro o fuera del país a exclusivo arbitrio de su progenitor. Andrea ya lleva un año y medio sin contacto ni comunicación de ningún tipo con sus hijos.
“Hay una cuestión ideológica. Andrea Vázquez no tiene denuncias en su contra sobre su rol como madre. No hay ningún tipo de tachaduras. Es decir, se violó absolutamente toda la normativa provincial, nacional, los tratados internacionales y contra la voluntad expresa de los menores fueron arrancados de su hogar violentamente por personal masculino uniformado y armado. En la concepción fundamentalista de estos jueces, los niños deben iniciar una nueva vida sin sus madres y así los obligan a transcurrir sus infancias durante años”, explica Juan Pablo Gallego, el abogado que patrocina a Vázquez.
“Mi caso es el más escandaloso de la Argentina y fue utilizado como jurisprudencia en revistas judiciales, porque se cumplieron todos los paradigmas del SAP, revinculaciones forzadas, reversión de tenencia y hasta cárcel. Hoy estos tres jueces ya no entienden en mis causas, sin embargo siento la responsabilidad social de lograr su destitución porque sino seguirán atornillados a sus sillones aprovechándose de su poder y arruinando la vida de cientos de niños abusados”, dice indignada Vázquez.
Para reparar lo vulnerado hasta el momento, Gallego presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación un recurso de amparo —de restitución urgente— y un per saltum… que todavía no fueron resueltos. Y en enero de este año, se hizo la presentación en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Hoy la causa está radicada en el Juzgado de Familia 2 de Lomas de la Dra. Cecilia Ana Mantegazza. Para Gallego, sin embargo, el panorama no se muestra alentador: “Mi impresión es que esta magistrada teme modificar el status quo fijado por los jueces sometidos a enjuiciamiento y entonces solo gana tiempo, mientras siguen transcurriendo las vidas de estos niños sin su mamá”.
Hace un mes se inició una averiguación de paradero a partir de testigos que dicen haber visto a los tres hijos de Vázquez en Punta del Este, y a fines de febrero Andrea pasó tres días y medio de vigilia en las escalinatas de Tribunales esperando así presionar a que la Justicia tome cartas en el asunto.
El desierto de lo real
El año pasado, la periodista Luciana Peker señalaba en el suplemento “Las 12” , del diario Página 12, una tendencia en alza: castigar a las madres que denuncian violencia o abusos sexuales con la quita de tenencias y la estricta prohibición de volver a ver a sus hijos, ninguneando los testimonios de los niños y niñas por creer que están elucubrados por mujeres que tienen como solo fin alejar a los padres y sacarles plata.
Para poner claro sobre tanto oscuro, Virginia Berlinerblau, médica especialista en Psiquiatría Infanto-Juvenil y Forense de la Justicia Nacional, divide en tres tipos de denuncias: las sustanciadas (o probadas); las insustanciadas y las falsas. Los casos insustanciados incluyen aquellos donde la evidencia es insuficiente, sin que esto necesariamente refleje una denuncia falsa. Sin embargo, el número de denuncias falsas suele ser “erróneamente” confundido con las denuncias que no llegan a confirmarse.
En diálogo con COMUNICAR IGUALDAD, Berlinerblau destapa secretos que duelen: “Las denuncias de incesto y abuso sexual infantil son particularmente difíciles de adjudicar: la naturaleza del hecho lo convierte en un evento privado, raramente hay testigos más allá del acusado y de la niña o niño, frecuentemente involucra a niños pequeños con habilidades verbales y cognitivas limitadas, no suele haber lesiones físicas —o si las hay no suelen identificar al perpetrador— y no existen criterios diagnósticos y/o algún síndrome de ASI unívoco y formalmente reconocido. Tampoco hay un perfil psiquiátrico o tests psicológicos que permitan identificar al abusador sexual de niños o excluirlo con certeza de dicha categoría. Lo que sí sabemos es que la mayor parte de los actos de violencia contra los niños los cometen personas que éstos conocen y en quienes deberían poder confiar e ir en busca de protección y apoyo, como progenitores, padrastros o parejas de los progenitores, miembros de familias ampliadas, cuidadores, novios, novias, compañeros de clase, profesores, líderes religiosos y empleadores”.
En varios de sus trabajos, Berlinerblau cita un estudio realizado en 1987 en el que se revisaron los 576 casos de abuso sexual recibidos durante un año en Denver (Estados Unidos). En la muestra, los investigadores Jones y Mc Graw encontraron un 8% de falsas acusaciones: el 6% correspondía a relatos sobre abuso sexual infantil presentados por adultos y solo el 2% eran palabras de los chicos. Los mismos autores analizaron otros 717 casos atendidos también en Estados Unidos entre 1983 y 1985 que arrojaron resultados similares: solo el 3% del total (21 casos) podía ser considerada falsa acusación; en el 1,3% (9 casos) la acusación era realizada por un adulto; en el 1% (7 casos) no se podía determinar si el relato se había originado en el niño o en el adulto; y el 0,79% (5 casos) correspondía a falsos relatos hechos directamente por los niños. Por otro lado, y contrariamente a la opinión popular y profesional mayoritaria, las denuncias de abuso sexual se encuentran solo en el 2% de las disputas por custodia y de estas últimas del 8% al 16,5% son falsas.
Consultada por COMUNICAR IGUALDAD, desde su casa en Madrid la psicóloga argentina Sonia Vaccaro es tajante: “No es posible que una criatura SOSTENGA de forma efectiva una afirmación que es falsa. Cualquier adulto o adulta entrenada puede hacerle las preguntas precisas que lo harán ponerse en evidencia. Tampoco es posible que un niño o una niña invente episodios que por edad evolutiva desconoce, como por ejemplo la consistencia del semen o de un pene en erección si no lo han tocado. Por otro lado, las estadísticas dicen que la violencia contra la mujer y las hijas e hijos es un delito infradenunciado y, mundialmente, el índice de denuncias falsas es ínfimo. Aquí en España es de 0,012%, cifra que no se acerca a ningún otro delito. Sin embargo, a nadie se le ocurre cuestionar la validez de una investigación o actuación judicial en otros crímenes. Por ejemplo, los robos de automóviles tienen un 4% de denuncias falsas, pero nadie deja de investigar o de actuar frente a una denuncia de este tipo. Sin entrar a resaltar que estando en juego la vida de las personas tendrían que duplicarse las acciones de la justicia”.
El compromiso ético de capacitarse
El debido proceso es un principio jurídico procesal según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas que puedan asegurarle un resultado justo y equitativo y el tener oportunidad de ser oído y hacer valer sus pretensiones frente al juez o la jueza. Sin embargo, garantizar el debido proceso de un imputado no debería significar perjudicar a la víctima. Más aún si hablamos de niños y niñas.
“En los procesos penales se privilegia el principio de inocencia del adulto sobre el interés del niño víctima de delito, se descree de su palabra y se lo revictimiza en constantes citaciones y entrevistas en una búsqueda que pareciera cuestionar su capacidad de decir la verdad. Por eso creo que es importante la comunicación de los jueces y operadores judiciales con profesionales formados específicamente en estas problemáticas y escuchar a las ONGs y a grupos de sobrevivientes de estos delitos”, plantea Graciela Jofré.
En la misma línea, se explaya Norma Chiapparrone, secretaria general de la Federación Internacional de Mujeres de Carreras Jurídicas (FIFCJ) y de la Asociación Argentina de Mujeres de Carreras Jurídicas: “El debido proceso es una garantía para ambas partes, pero no se puede pretender llevar adelante un caso de abuso sexual infantil con el mismo criterio con el que se procesa una sucesión, un reconocimiento de filiación o una división de bienes. Considero que debe haber fueros especializados en violencia infantil y contra la mujer y para ello se necesita la voluntad política de llevar adelante esta reforma en el seno del Poder Judicial, además de dotarla de los recursos presupuestarios adecuados”.
A entenderlo: mientras la capacitación de las y los operadores de la Justicia no deje de ser opcional para transformarse en un compromiso ético, el garantismo mal entendido continuará sacrificando criaturas.
http://nuriavarela.com/el-sap-existe/#more-4314
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